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curso de vigilante de seguridad madrid
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Tema: Entra en vigor la nueva Tarjeta de Identidad Profesional

  1. #61
    Moderador Avatar de YURI_07
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    Magerit, la bella
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    Cita Iniciado por Sobezno Ver mensaje
    Pues mira me han enviado un post tuyo.....ahora si te voy a banear por irte al foro del "tarao" a despotricar. ahora puedes irte a sacar trapos sucios y a llorar por los foros

    "el TONTO este escribio"

    Al que insulto sobezno en ese post es a mi sin provocacion solamente para banear a los que son contrarios a sus ideas, no le salio bien al hijo de la gran puta lo unico que sabe hacer bien es joder al vigilante apoyando la ****** dela tip = dni.

    Paso de participar en el show ese mas, un bala dice que la tarjeta esta bien pero habra que cambiar la legislacion para que no vulnere tus derechos( pa cagarse ) la otra no se sabe el Reglamento o lo cita a su conveniencia, y luego están los lameculos de turno o subnormales que no ven donde se la incan xD

    Yo no se si esa gente representa al sector en algo, como sea asi estamos jodidos

    Pdt- Llevo un tiempo siendo del foro de sobezno (soy voodoomalakhov) y esa frase que citas es muy propia de el a mi el me recuerda a forrest gamp, solo ved como escribe, alomejor por eso tambien le dieron una mencion pero que represente a un colectivo como decis lo dudo muchooo.
    Pues para que veáis que se coje antes a un mentiroso que a un cojo..... lo que sigue aquí es un privado del recientemente baneado voodooMalakhov:



    15-12-2011 12:03 AM voodooMalakhov
    Banned Fecha de ingreso 14/12/11 Mensajes 83 Gracias 21 Agradecidos 9 Veces en 8 Posts Descargas 0 Envíos 0

    hola yori
    Hola yuri, entiendo perfectamente tu desaprobación hacia la pág. que comenté quizás no debería haberla mencionado pero bueno ya que está hecho por favor permíteme al menos aclarar que no comparto para nada su contenido motivo por el cual decidí abandonarla inmediatamente.

    He escuchado tus opiniones en los podcast de la otra seguridad, aplaudo y admiro vuestra labor en él y para mi sería un honor intercambiar opiniones con todos ustedes y así también me gustaría aprovechar para alentarte a que nunca cejes en tu empeño de seguir informando a compañer@s tan bien como lo estáis haciendo hasta ahora.

    Un abrazo.

    Lt2voodooMalakhov
    Si la memoria histórica de la web lo guarda todo..... mi procesador de cuádruple núcleo se encarga de saber exactamente qué y dónde buscar. No es costumbre sacar a la luz pública mensajes privados, pero cuando alguien va del tingo al tango intentando aprovecharse de la confianza de los demás, engañando sobre circunstancias que nunca se han producido (como una "supuesta" expulsión de una web junto con otra expulsión real de otra), haciendo publicidad de pretendidos "pulps fictions" de mal gusto que no sirven más que para pasar el rato echándose unas risas, lo justo es corresponder para que el resto sepa por qué se hacen determinadas cosas; y la bipolaridad se trata psiquiátricamente, así como los trastornos de la personalidad múltiple, y esto no es más que una manifestación clínica de la enfermedad mental en su más pura esencia.

    Ya sabía yo que este hilo iba a traer cola..... y al más puro estilo de Digoyo, copio aquí algo que va como anillo al dedo:

    1 Por lo cual eres inexcusable, oh hombre, quienquiera que seas tú que juzgas; pues en lo que juzgas a otro, te condenas a ti mismo; porque tú que juzgas haces lo mismo.
    2 Más sabemos que el juicio de Dios contra los que practican tales cosas es según verdad.
    3 ¿Y piensas esto, oh hombre, tú que juzgas a los que tal hacen, y haces lo mismo, que tú escaparás del juicio de Dios?
    4 ¿O menosprecias las riquezas de su benignidad, paciencia y longanimidad, ignorando que su benignidad te guía al arrepentimiento?
    5 Pero por tu dureza y por tu corazón no arrepentido, atesoras para ti mismo ira para el día de la ira y de la revelación del justo juicio de Dios,
    6 el cual pagará a cada uno conforme a sus obras:
    7 vida eterna a los que, perseverando en bien hacer, buscan gloria y honra e inmortalidad,
    8 pero ira y enojo a los que son contenciosos y no obedecen a la verdad, sino que obedecen a la injusticia;
    9 tribulación y angustia sobre todo ser humano que hace lo malo, el judío primeramente y también el griego,
    10 pero gloria y honra y paz a todo el que hace lo bueno, al judío primeramente y también al griego;
    11 porque no hay acepción de personas para con Dios.
    12 Porque todos los que sin ley han pecado, sin ley también perecerán; y todos los que bajo la ley han pecado, por la ley serán juzgados;
    13 porque no son los oidores de la ley los justos ante Dios, sino los hacedores de la ley serán justificados.
    14 Porque cuando los gentiles que no tienen ley, hacen por naturaleza lo que es de la ley, éstos, aunque no tengan ley, son ley para sí mismos,
    15 mostrando la obra de la ley escrita en sus corazones, dando testimonio su conciencia, y acusándoles o defendiéndoles sus razonamientos,
    16 en el día en que Dios juzgará por Jesucristo los secretos de los hombres, conforme a mi evangelio.

    Epístola de San Pablo a los Romanos, 2.1-16

    Saludos.
    Denantes mortos que escravos


    Enjuga tus lágrimas y no me llores si me amas (San Agustín)

  2. #62
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    Cita Iniciado por voodooMalakhov Ver mensaje
    como dice hessler es cuestión de tapar con la mano media tarjeta para que no se lleven tus apellidos y DNI
    Hola a todos:
    Yo no he escrito nada en mi post, que pueda inducir a que haya que hacer juegos de manos a la hora de relacionarse con los ciudadanos.

    Ejercicio práctico para realizar en casa.
    Delante de un espejo, (vosotros mismos simulareis ser el Vigilante de Seguridad y el usuario del servicio), leed el siguiente texto, y haced el ademán de mostrar el "lado sensible" de la T.I.P.:

    "Mire caballero, esta es mi TIP, este de la foto soy yo, y este es mi número de habilitación que, cómo puede ver, coincide con el de mi placa". (La TIP al bolsillo).

    ¿Alguien tarda más de 15 segundos en realizar todo el "trámite"?.
    ¿Alguien piensa que un ciudadano, normalmente en un estado de alteración, (porque para eso se está enfrentando con nosotros), puede retener algo, (y mucho menos una combinación de 11 dígitos y una letra), en menos de 15 segundos?.

    Un saludo.

    P.D.: Yo ya he hecho el "juego", y mi tiempo ha sido de 6.96 segundos. (No creo que el ciudadano haya podido retener mi nombre, apeliidos, y número de DNI...).
    Cuida lo pequeño, para conseguir lo grande.
    (Lema Guerrillero)

  3. #63
    Avatar de ojosgrandes
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    si es que a ese que llamais el tarao le gustamos mucho

    Por eso nos manda sus sobras para aqui pero......al final tiene que acabar recogiendo su propia caquita junto con un royo de papel (obsequio gratuito made in vigis) para volverse a limpiar su propio inodoro.

    No os preocupeis, mañana nos registra un par de ellos más y van......... ni se sabe. Claro .....como pobrecillo esta tarao......pos no se entera !!que lástima!!

    un saludo

  4. #64
    C.R.R. Avatar de gepeme
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    Demasiadas vueltas a un tema que solo tiene una lectura, a mi juicio. Llevamos más de una decada con una tarjeta que muestra nuestro DNI y nuestro nombre y apellidos bien visibles. La única diferencia, enorme diferencia, es que ahora nuestro DNI se convierte en el número que nos identifica como profesionales de la seguridad privada, lo cual es una aberración en toda regla. La exposición del comisario no resuelve la incógnita ( ¿se vulnera nuestro derecho a la protección de nuestros datos?), por mucho que os empeñeis en revestirlo de colorines. Fernoked tiene razón en cuanto a la identificación, y lo que nos cuenta el señor Gándara es una triquiñuela para evadir esa obligación.

    Por otro lado, siento que, una vez más, un debate que debería regirse por el respeto a las opiniones ajenas se haya convertido en un campo de batalla donde se dirime quién está en posesión de la sacrosanta verdad absoluta, sin tener en cuenta que este tipo de altercados cada vez producen más rechazo en muchos foreros. Esto no debe volver a produrse nunca más, demos ejemplo de tolerancia y comprensión si queremos que este foro siga siendo el referente de nuestra profesión. Y no salvo a nadie.

    Un saludo.
    "Sólo un idiota nombraría heredero a su médico"

  5. Los siguientes usuarios le agradecieron a gepeme por este mensaje:


  6. #65
    Avatar de Justicar
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    Por alusiones. Pero no tuyas, gepeme; no considero que yo alimentado flame de tipo alguno. Y tengo madera para ello, pero no me apetece.

    Si alguien va a tergiversar un mensaje de los míos, que lo haga en condiciones. En lo que a mí opinión concierne, hay una pifia legislativa (entre muchas otras) en el RSP relacionada de forma directa con este tema. Es más, se rompe un principio jurídico básico por la mitad; pero como yo soy una ñorda y otros son dioses, pues que lo aclaren ellos. Seguro que saben de qué hablo.

    Y me mantengo en mis trece en las dos cosas básicas que he comentado. Era necesario crear otro TIP, y el RSP, para no variar, la pifia. Si la ley está mal, la ley se cambia. Salvo aquí, donde la pandereta vale más que el sentido común.

    Me despido de este tema, al que ya no volveré ni por alusiones directas. A fin de cuentas, fue precisamente por chorradas como estas por las que estuve un tiempo sin escribir en abierto. No sé, aún, por qué he vuelto a hacerlo.

    Un saludo.

  7. #66
    Avatar de Hessler
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    Hola a todos:
    ¿Pero que protección de datos?.
    ¿Qué se está vulnerando?.

    Yo no sé cuantos de vosotros habeis sido citados por los Funcionarios de una UPSP para declarar en relación con algún tema ocurrido en el servicio.
    Yo he sido citado tres veces. Dos cómo testigo, y una cómo denunciado.
    Pues bien. Lo primero que hace el Funcionario ante el que prestaremos nuestra declaración, es pedirnos nuestro Documento Nacional de Identidad.
    A pesar de que estemos allí por una cuestión relacionada con nuestras funciones, a pesar de que estemos allí cómo Profesionales de la Seguridad Privada, a pesar de que estemos allí unica y exclusivamente por ser Vigilantes de Seguridad,..., lo primero que precisa el Funcionario es nuestro Documento Nacional de Identidad.

    Y después de todo el primer párrafo de la declaración, (Nombre y apellidos, número de DNI, nombre del padre y de la madre, fecha de nacimiento, domicilio a efectos de notificación, número de teléfono,...), se nos pregunta si somos Vigilantes de Seguridad, (Ó Escoltas, ó Directores de Seguridad, ó Guardas de Campo,...), si somos titulares de la Tarjeta con número de TIP "tal de cual", si tal y a tal hora prestábamos servicio en el Centro tal, si vestíamos el uniforme de la Empresa de Seguridad, etc. etc.

    ¿Se vulnera mi derecho a la protección de datos de carácter personal?. (Habrá que esperar a ver dónde acaban esos datos y, si es necesario, emprender las acciones que creamos oportunas).

    Lo que quiero decir, es que hacer coincidir el número de DNI con el número de TIP, no es ninguna aberración jurídica, ni mucho menos tiene por qué atentar contra la protección de nuestros datos de carácter personal.

    El Reglamento de Seguridad Privada, nos exige, (de forma taxativa e ineludible), el "identificarse con su tarjeta de identidad profesional cuando, por razones del servicio, así lo soliciten los ciudadanos afectados". Art. 68 del RSP.
    Se dan 4 premisas necesarias para tener que llegar a enseñar nuestro TIP.

    1.- Que estemos de servicio.
    2.- Que nos relacionemos con un ciudadano.
    3.- Que ese ciudadano se vea, ó se sienta, afectado por nuestras actuaciones.
    4.- Que nos solicite que le mostremos nuestra TIP.

    Y el mismo Reglamento de Seguridad Privada, cuando tipifica el no mostrar el TIP cómo una Infracción Leve, (Art. 153.12 del RSP), está mal redactado, (exige mostrar la documentación a los Agentes de la Autoridad, y en cambio exige identificarse ante los ciudadanos), pero no vacia de contenido el Artículo.

    Lo que quieren decir esos dos artículos, (el 68 y el 153.12), es que los ciudadanos tienen derecho a saber que están tratando con un Profesional de la Seguridad Privada, al que la propia Administración ha autorizado para ejercer tales funciones con arreglo a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.

    Y ese derecho no se vulnera si le mostramos la parte delantera de la nueva TIP.
    Nada más ver nuestra foto, sabrá que la tarjeta es nuestra, y sabrá también que estamos facultados por el Ministerio de Interior para desempeñar las funciones que ese mismo MIR encomendó a los Vigilantes de Seguridad en las disposiciones legales vigentes.
    Y si ese ciudadano se siente vejado, maltratado, piensa que se vulneran sus derechos, que un "segurata" no es nadie para prohibirle viajar en Metro sin billete,..., tiene todos los datos a su disposición, (repito, que con muchísimos menos se puede tramitar una denuncia), para ejercer sus derechos cómo ciudadano.

    En resumen.
    El Reglamento de Seguridad Privada, lo único que exige de los Vigilantes de Seguridad, en su relación para con los ciudadanos afectados, (a efectos de identificación), es que ese Vigilante de Seguridad acredite que está autorizado por el MIR para ejercer tales funciones.
    Fin. Ese es el "espíritu de la norma". Que los ciudadanos no puedan ser "atropellados" por el primero que dice ser Vigilante de Seguridad.
    Todo lo demás son juegos florales, y ganas de marear la perdiz.

    Un saludo.
    Cuida lo pequeño, para conseguir lo grande.
    (Lema Guerrillero)

  8. Los siguientes usuarios le agradecieron a Hessler por este mensaje:


  9. #67
    Avatar de polvoranegra
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    Cita Iniciado por Hessler Ver mensaje
    Hola a todos:
    ¿Pero que protección de datos?.
    ¿Qué se está vulnerando?.

    Yo no sé cuantos de vosotros habeis sido citados por los Funcionarios de una UPSP para declarar en relación con algún tema ocurrido en el servicio.
    Yo he sido citado tres veces. Dos cómo testigo, y una cómo denunciado.
    Pues bien. Lo primero que hace el Funcionario ante el que prestaremos nuestra declaración, es pedirnos nuestro Documento Nacional de Identidad.
    A pesar de que estemos allí por una cuestión relacionada con nuestras funciones, a pesar de que estemos allí cómo Profesionales de la Seguridad Privada, a pesar de que estemos allí unica y exclusivamente por ser Vigilantes de Seguridad,..., lo primero que precisa el Funcionario es nuestro Documento Nacional de Identidad.

    Y después de todo el primer párrafo de la declaración, (Nombre y apellidos, número de DNI, nombre del padre y de la madre, fecha de nacimiento, domicilio a efectos de notificación, número de teléfono,...), se nos pregunta si somos Vigilantes de Seguridad, (Ó Escoltas, ó Directores de Seguridad, ó Guardas de Campo,...), si somos titulares de la Tarjeta con número de TIP "tal de cual", si tal y a tal hora prestábamos servicio en el Centro tal, si vestíamos el uniforme de la Empresa de Seguridad, etc. etc.

    ¿Se vulnera mi derecho a la protección de datos de carácter personal?. (Habrá que esperar a ver dónde acaban esos datos y, si es necesario, emprender las acciones que creamos oportunas).

    Lo que quiero decir, es que hacer coincidir el número de DNI con el número de TIP, no es ninguna aberración jurídica, ni mucho menos tiene por qué atentar contra la protección de nuestros datos de carácter personal.

    El Reglamento de Seguridad Privada, nos exige, (de forma taxativa e ineludible), el "identificarse con su tarjeta de identidad profesional cuando, por razones del servicio, así lo soliciten los ciudadanos afectados". Art. 68 del RSP.
    Se dan 4 premisas necesarias para tener que llegar a enseñar nuestro TIP.

    1.- Que estemos de servicio.
    2.- Que nos relacionemos con un ciudadano.
    3.- Que ese ciudadano se vea, ó se sienta, afectado por nuestras actuaciones.
    4.- Que nos solicite que le mostremos nuestra TIP.

    Y el mismo Reglamento de Seguridad Privada, cuando tipifica el no mostrar el TIP cómo una Infracción Leve, (Art. 153.12 del RSP), está mal redactado, (exige mostrar la documentación a los Agentes de la Autoridad, y en cambio exige identificarse ante los ciudadanos), pero no vacia de contenido el Artículo.

    Lo que quieren decir esos dos artículos, (el 68 y el 153.12), es que los ciudadanos tienen derecho a saber que están tratando con un Profesional de la Seguridad Privada, al que la propia Administración ha autorizado para ejercer tales funciones con arreglo a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.

    Y ese derecho no se vulnera si le mostramos la parte delantera de la nueva TIP.
    Nada más ver nuestra foto, sabrá que la tarjeta es nuestra, y sabrá también que estamos facultados por el Ministerio de Interior para desempeñar las funciones que ese mismo MIR encomendó a los Vigilantes de Seguridad en las disposiciones legales vigentes.
    Y si ese ciudadano se siente vejado, maltratado, piensa que se vulneran sus derechos, que un "segurata" no es nadie para prohibirle viajar en Metro sin billete,..., tiene todos los datos a su disposición, (repito, que con muchísimos menos se puede tramitar una denuncia), para ejercer sus derechos cómo ciudadano.

    En resumen.
    El Reglamento de Seguridad Privada, lo único que exige de los Vigilantes de Seguridad, en su relación para con los ciudadanos afectados, (a efectos de identificación), es que ese Vigilante de Seguridad acredite que está autorizado por el MIR para ejercer tales funciones.
    Fin. Ese es el "espíritu de la norma". Que los ciudadanos no puedan ser "atropellados" por el primero que dice ser Vigilante de Seguridad.
    Todo lo demás son juegos florales, y ganas de marear la perdiz.

    Un saludo.

    Totalmente de acuerdo con esta exposición de Hessler.
    -Con enseñar la parte delantera de la TIP y el nº de placa es mas que suficiente.El ciudadano nó necesita mas datos para hacer lo que créa conveniente ante una actuación del VS.
    La Policía Nacional entre otras,también llevan su nombre apellidos y DNI en el reverso de su acreditación,y no hán puesto el grito en el cielo,porque saben que con su nº de placa y el anverso de su TIP són datos suficientes para estar localizados.

    Lo dicho,como dice Hessler,todo lo demás son juegos florales,y ganas de marear la perdiz.

    Un saludo.

  10. #68
    Avatar de polvoranegra
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    Por alusiones. Pero no tuyas, gepeme; no considero que yo alimentado flame de tipo alguno. Y tengo madera para ello, pero no me apetece.

    Si alguien va a tergiversar un mensaje de los míos, que lo haga en condiciones. En lo que a mí opinión concierne, hay una pifia legislativa (entre muchas otras) en el RSP relacionada de forma directa con este tema. Es más, se rompe un principio jurídico básico por la mitad; pero como yo soy una ñorda y otros son dioses, pues que lo aclaren ellos. Seguro que saben de qué hablo.

    Y me mantengo en mis trece en las dos cosas básicas que he comentado. Era necesario crear otro TIP, y el RSP, para no variar, la pifia. Si la ley está mal, la ley se cambia. Salvo aquí, donde la pandereta vale más que el sentido común.

    Me despido de este tema, al que ya no volveré ni por alusiones directas. A fin de cuentas, fue precisamente por chorradas como estas por las que estuve un tiempo sin escribir en abierto. No sé, aún, por qué he vuelto a hacerlo.

    Un saludo.

    Justi colega,siempre nos dejas a medias (ojo,no en todas ehhh,jejeje).Explicanos un poco las pifias esas.

    No te enfades Pachi.....jejeje.

    Un saludo

  11. #69
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    No, estoy fuera del tema.

    Sólo entro para aclarar una asociación de ideas que creo que no se generará. Cuando digo "aquí", no me refiero al foro; me refiero al país. Al escribir a la carrera, no me dí cuenta de que la relación entre chapuza legislativa + aquí + pandereta no estaría tan clara como debería. Que aquí, en España, primero se crean las chapuzas jurídicas y luego se espera a que el TS o el TC las arreglen.

    Si queda aclarado, bien. Si no, también.

    Yo, como dije antes, estoy fuera de esto.

    Un saludo.

  12. #70
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    Hola a todos:
    Pero que cerrazón de mollera...

    A ver, si de esta manera queda ya clarito.

    Si alguien cree que le "pisoteamos" en el ejercicio de nuestras funciones, (porque le decimos que nos enseñe el bolso, que nos acompañe por saltarse el torno del Metro, por pedirle su documentación por estar haciendo grafittis en el parking,...), y cree que está en su obligación de ejercer sus derechos cómo ciudadano, de denunciar tales conductas ante las Autoridades que corresponda, no necesita saber que soy el Vigilante de Seguridad D. Hessler de las Verdes Calzas, con DNI 12345678-A, sino que le basta con exponer en su escrito de denuncia que soy Vigilante de Seguridad, que mi número de habilitación que figura en mi placa distintivo es el 696969, que trabajo en la Empresa Chorrapeladasegur, y que el día 4 de febrero de 2012, a las 13.30 horas, en el Aeropuerto de Allinostán, le pedí al perjudicado que me acompañase después de verle liándose un petardo de marihuana, cosa que, (según él), es perfectamente legal porque el consumo no es delito. (Y esto lo habremos oído todos, más de 200 veces...).

    Y que empiece la rueda a girar.
    Que me llamen de la UPSP a declarar, que me pidan mi versión de los hechos, que si es preciso acabemos en un juicio,..., pero el perjudicado no tiene por qué conocer mis datos personales, (nombre, apellidos y DNI), para poder emprender acciones contra mí.
    Con los datos en negrita, y haber visto el anverso de mi TIP, tiene más que de sobra.

    Y esto, es lo que pasa en muchos servicios, tres veces diarias. Y nadie está obligado en decirle al perjudicado de turno, ni su nombre, ni su DNI, ni su color favorito.

    Un saludo.

    P.D.: Que yo sepa, a día de hoy, no soy Presidente de nada. Así ya sabrá alguno a quién estoy contestando...
    Cuida lo pequeño, para conseguir lo grande.
    (Lema Guerrillero)

  13. #71
    Avatar de polvoranegra
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    Es más,me atrevería a decir que ésta nueva acreditación,la tendrían que poner a disposición de todo aquél interesado que quisiera canjearla.Por que ésta que está en vigor,es la que vulnera en verdad la LOPD.

    Un saludo.

  14. #72

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    Hessler que bien explicas macho , tu eres o has sido profesor en algnua academia de seguridad? porque vamos... jaja

  15. #73
    Avatar de Fernoked
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    Cita Iniciado por Hessler Ver mensaje
    Y el mismo Reglamento de Seguridad Privada, cuando tipifica el no mostrar el TIP cómo una Infracción Leve, (Art. 153.12 del RSP), está mal redactado, (exige mostrar la documentación a los Agentes de la Autoridad, y en cambio exige identificarse ante los ciudadanos), pero no vacia de contenido el Artículo.
    No veo en qué te basas para decir que está mal redactado, porque de todas maneras los vs deben identificarse con DNI cuando se lo solicite cualquier agente de las FFCCSS, así que lo que hace el art. 68 es otorgar a los ciudadanos una garantía que de no cumplirse se comete una infracción que se incardina dentro del art. 153.13 del Reglamento de Seguridad Privada: "En general, el incumplimiento de los trámites, condiciones o formalidades establecidos por la Ley de Seguridad Privada o por el presente Reglamento, siempre que no constituyan delito o infracción grave o muy grave, incluyendo la no realización de los correspondientes cursos de actualización y especialización o no hacerlos con la periodicidad establecida".

    Cómo se puede comprobar la no identificación ante los ciudadanos si constituye una infracción leve de la normativa sobre seguridad privada.

    Cita Iniciado por Hessler Ver mensaje
    Lo que quieren decir esos dos artículos, (el 68 y el 153.12), es que los ciudadanos tienen derecho a saber que están tratando con un Profesional de la Seguridad Privada, al que la propia Administración ha autorizado para ejercer tales funciones con arreglo a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.
    Creo que el problema es que asumes que los vigilantes siempre van a actuar con corrección, y que cuando un ciudadano exige la identificación lo hará por capricho, y dejas de lado el verdadero espíritu orientador de la Ley, que es en lo único que no se nos miente cuando se habla de seguridad privada y que se puede extraer de la exposición de motivos:

    "La defensa de la seguridad no puede ser ocasión de agresiones, coacciones, desconocimiento de derechos o invasión de las esferas jurídicas y patrimoniales de otras personas. Y ésta es una de las razones que justifican la intensa intervención en la organización y desarrollo de las actividades de las empresas privadas de seguridad"

    Cuando opino, no sólo lo hago como vigilante, también opino como ciudadano, porque he conocido muchas barbaridades que se han cometido por trabajadores de la seguridad privada, unas veces siendo testigo directo y otras a través de terceros pero constatando sus informaciones. Las leyes no se suelen hacer para las personas de bien, se hacen porque existe gente dañina para la sociedad, en este gremio la mayoría de los trabajadores podrían hacer muy bien su trabajo sin ley ninguna, pero existen otros a los que hay que controlar, y todavía más a los que ordenan el trabajo de los vigilantes, ya que por muy buenas intenciones que tengan aquellos, se verán avocados a obedecer lo que digan estos.

    Vamos a imaginar un ejemplo, pero basado en hechos reales como las pelis de los domingos por la tarde: Un vigilante que acaba de sacar su TIP, todavía no tiene placa al no haberle llegado pero empieza a trabajar en un servicio donde hay otros 10 vigilantes en el mismo turno que se rotan en sus puestos cada cierto tiempo. Un turista un poco bebido se acerca por allí y como no puede aguantarse las ganas de mear lo hace en un arbolito, pero es sorprendido por nuestro vigilante que se identifica como policía por saber que ese tipo de turistas piensan que todo el que tenga uniforme y lleve defensa es un policía, este vigilante cachea al turista, le saca la cartera, coge todo el dinero y se lo guarda en el bolsillo, el turista protesta en su idioma y el vs le informa que lo ha multado por orinar en la calle y por eso coge el dinero. Claro, nuestro turista se huele que algo no va bien y le exige que se identifique, y el vigilante identificándose exactamente como le han dicho en una respuesta del MIR enseña únicamente el anverso de su TIP.

    Nuestro incauto meón, desconociendo el idioma español toma nota de lo que ve en la TIP: "Seguridad Privada - Tarjeta de Identidad Profesional", y luego al día siguiente, tras consultar lo que había pasado con la guía de su agencia de viajes, se presenta con ella en la comisaria para denunciar por robo y usurpación de funciones, para lo cuál aporta esos datos de un lugar donde hay 10 vigilantes y no recuerda bien donde era por no conocer el lugar ¿Qué os parece?

  16. #74
    C.R.R. Avatar de gepeme
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    Cita Iniciado por Hessler Ver mensaje
    ¿Pero que protección de datos?.
    Mi número de Documento Nacional de Identidad, por si te parece poco.

    Lo que quiero decir, es que hacer coincidir el número de DNI con el número de TIP, no es ninguna aberración jurídica, ni mucho menos tiene por qué atentar contra la protección de nuestros datos de carácter personal.
    Más adelante verás contestada esta cuestión.

    A mí, como ciudadano, si tengo algún incidente con un vigilante por el cual vea vulnerado de algún modo mis derechos, el dato que realmente me interesa es su NÚMERO de IDENTIDAD PROFESIONAL, no necesito su nombre y apellidos ni su DNI.

    El Reglamento de Seguridad Privada, nos exige, (de forma taxativa e ineludible), el "identificarse con su tarjeta de identidad profesional cuando, por razones del servicio, así lo soliciten los ciudadanos afectados".

    Y ese derecho no se vulnera si le mostramos la parte delantera de la nueva TIP.
    Nada más ver nuestra foto, sabrá que la tarjeta es nuestra, y sabrá también que estamos facultados por el Ministerio de Interior para desempeñar las funciones que ese mismo MIR encomendó a los Vigilantes de Seguridad en las disposiciones legales vigentes.
    Absoluta y rotundamente falso. Olvidáis con extrema facilidad (empiezo a pensar que deliberadamente) que hay vida más allá de los vigilantes, y que si yo quiero que un director de seguridad (tú mismo, Hessler), o un jefe de seguridad, o un escolta acrediten tal condición, tendrán que enseñarme el reverso, les guste o no, porque es la única manera de demostrar que no me están engañando y que realmente son lo que dicen ser. Y si tengo que denunciarles por algún motivo necesito saber su número de TIP, que es el dato fundamental de la tarjeta que le identifica como personal de seguridad privada. Y lo mismo sucede con un vigilante de seguridad, o con un escolta, o con un detective privado. Si me enseñan el anverso sólo veré una fotografía y una inscripción que pone Seguridad Privada, pues vale, pues muy bien, pero demuéstrame que eres vigilante de seguridad, o director de seguridad, o escolta, pero no Juanito el de los rábanos porque tú me lo digas.


    La diferencia, inmensa diferencia, es que, a día de hoy, yo puedo identificarme ante un ciudadano como personal de seguridad privada, y como vigilante de seguridad en particular, únicamente mostrándole mi foto y mi número de TIP, no necesita mi número de DNI, que es un dato personal ÚNICO y EXCLUSIVO mío, no así mi nombre y apellidos (Fulano Fernández Rodríguez puede haber miles en España), sin embargo, dentro de unos años tendré que aportarle obligatoriamente mi número de DNI. Si eso no es una aberración, díganme ustedes como debo calificarlo.

    Lo fácil que hubiera sido utilizar cualquier tipo de numeración, pero ahora se me EXIGE, sin mi consentimiento, una cesión a terceros de mis datos personales.

    Pues nada, a seguir mareando la perdiz un ratito más (supongo que debido a que mi opinión, en este caso, no es la que se ajusta a la que debiera ser la políticamente correcta).

    Un saludo.
    "Sólo un idiota nombraría heredero a su médico"

  17. #75
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    Hola a todos:
    Seguís sin entender nada de nada.
    No se trata de teorizar, sino de "bajar a la tierra", y comprobar que es totalmente innecesario, (e "inobligatorio" si existiere el palabro), el aportar el número de TIP cuando un ciudadano quiera identificarnos.

    Número de Habilitación, (único para cada Vigilante de Seguridad, y perfectamente visible en la placa distintivo), Empresa de Seguridad, (visibles los anagramas de la misma), fecha, hora y lugar del altercado, (y pongamos por caso que el Vigilante de Seguridad es el que ha cometido un ilícito, ya sea penal ó de otro tipo), son más que suficientes para que la Autoridad competente inice los trámites de instrucción del expediente sancionador contra ese Vigilante de Seguridad.

    Se pondrán en contacto con el Responsable de Seguridad de la instalación, (si no existiera, con el Jefe de Seguridad de la Empresa de Seguridad), comprobarán que efectivamente el Vigilante de Seguridad con número de habilitación 696969, pertenece a esa Empresa de Seguridad y que estaba de servicio en la fecha, hora y lugar de los hechos, y le pedirán que se presente voluntariamente a prestar declaración ante los Funcionarios actuantes en la UPSP que corresponda.
    No ha hecho falta que el perjudicado conociera ni el nombre, ni el DNI del Vigilante de Seguridad infractor, y la rueda ya está girando.

    En el caso que expone Fernoked. (Caso muy, pero que muy teórico, y muy pero que muy ideal. Tanto cómo la Ley de Boyle-Mariott, que al final nunca se cumple...).

    Las indagaciones llevarán más tiempo, y al no tratarse de un ilícito administrativo, sino directamente de uno penal, (Delito, diría yo, por aquello de la usurpación de la función pública...), esos trámites serán más diligentes, y si es necesario se citará a todos los Vigilantes de Seguridad de servicio, (e incluso a los francos de servicio), y si es menester se organizará una rueda de reconocimiento.
    (Y malo, malo será, que todos, todos, estén trabajando con el provisional, que sean todos hombres ó todos mujeres, todos rubios ó todos morenos, todos igual de altos ó de bajos, que no haya ni una sola cámara de seguridad en todo el recinto, que el infractor no se "pavonee" de su acción,...).
    Y la rueda estará girando, una vez más.

    ¿Que pasa con el personal que no llevamos uniforme?.
    Pues que el perjudicado, tendrá que anotar, (ó memorizar), el número de Habilitación que corresponda.
    Yo cumplo escrupulosamente con la Ley, mostrando la documentación, para que vea que estoy habilitado cómo Director de Seguridad, ó cómo Escolta, ó cómo Jefe de Seguridad.
    Y no os preocupeis, que los Directores de Seguridad y los Jefes de Seguridad, somos más conocidos por los funcionarios de la UPSP correspondiente que los propios Vigilantes de Seguridad. (De hecho, es frecuente que te llamen para preguntar por tal ó cual Vigilante de Seguridad. Y si te llaman es porque tienen tú número y saben quién eres...).

    ¿Cuando empieza la vulneración de nuestros datos personales?. Porque yo no lo acabo de ver.
    Si el expediente de instrucción de la infracción, (en el que os recuerdo que no sólo aparecería el TIP, sino directamente nombre, apellidos, domicilio, teléfono,...), se filtrara de forma indebida, la responsable de la vulneración de datos sería la administración que no ha protegido de forma diligente esos datos.

    Y os recuerdo otra cosa, que es condición "sine qua non" para tener que mostrar la TIP.
    Que el ciudadano exija verla.
    Y todos sabemos, por experiencia propia, que esa petición se produce una de cada ¿1000 veces?.
    Pues eso. Vamos a ir embarcando de nuevo, y a poner rumbo de regreso a la Tierra, que allí se está mucho mejor.

    Y además de todo eso, el ciudadano perjudicado, siempre puede llamar al 091 para que una patrulla se persone inmediatamente en el lugar de los hechos, e identifique de manera fehaciente, (más todavía si cabe), al Vigilante de Seguridad infractor.

    Pondré un ejemplo en la sección de casos prácticos para que, los que esteis habilitados, podais ver cual es la realidad de cómo se tramita una denuncia contra un Vigilante de Seguridad.

    Un saludo.
    Cuida lo pequeño, para conseguir lo grande.
    (Lema Guerrillero)

  18. #76
    C.R.R. Avatar de gepeme
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    Cita Iniciado por Hessler Ver mensaje
    Hola a todos:
    Seguís sin entender nada de nada.
    Completamente cierto, no entiendo nada de nada ¿Cuál es el debate? ¿El índice de probabilidad de que un ciudadano me pida la TIP? En ese caso puedo decir que, aplicado a mi caso y a día de hoy, tras veinte y muchos años de servicio, es del 0%, ya que jamás me la han solicitado, pero el debate es otro y todavía no has aportado un sólo argumento legal (aunque sea equivocado, como podría ser mi caso).

    ¿Cuando empieza la vulneración de nuestros datos personales?. Porque yo no lo acabo de ver.
    En el momento en que cualquier ciudadano me exija mi número de TIP.

    Y todos sabemos, por experiencia propia, que esa petición se produce una de cada ¿1000 veces?.
    Yo es que, cuando cuelgo el uniforme (e incluso con él puesto), me convierto en un ciudadano potencialmente expuesto a sufrir algún tipo de cabreo con el personal de seguridad privada, cuando se produce una mala praxis profesional que vulnere mis derechos, y como soy un poco raro y retorcido, cuando tenga un problema con dicho personal, lo que haré será EXIGIRLE su número de TIP. Luego, lo que yo haga o deje de hacer con esa información tan personal, "cedida tan amablemente por su titular", se escapará de su control, pero eso es algo que, como buen profesional, "ya tendrá que tener asumido", aunque también es posible que se cague en las muelas de Murphy por haber tenido la mala fortuna de convertirse en miembro de pleno derecho del "club de los 1000".

    Un saludo.
    "Sólo un idiota nombraría heredero a su médico"

  19. #77
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    En el momento en que cualquier ciudadano me exija mi número de TIP
    Hola a todos:
    Pues ahora me muestras la disposición legal vigente que obliga a facilitarle al ciudadano nuestro número de TIP.

    Porque lo que exijen todas las disposiciones legales, es mostrar la documentación.
    Y lo que el Reglamento recoge cómpo infracción es no mostrar esa documentación.

    Pero en ninguna de las disposiciones vigentes, pone que yo tenga que facilitar mi número de TIP a nadie.
    Ó al menos, yo no lo he visto.

    Un saludo.
    Cuida lo pequeño, para conseguir lo grande.
    (Lema Guerrillero)

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  21. #78

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    Hessler lleva toda la razon , si al tio le itneresa el nº que te lo mire en la placa , tu no tienes que decirle mira mi numero es este por si lo quieres... tu te identificas como vigilante de seguridad , lo que le demuestras al tio con la tip , es que estas habilitado para hacer lo que estes haciendo en ese momento con el tio , y si el tio quiere tramitarte una denuncia que se busque sus castañas y te mire tu nº en la placa que para algo la llevamos.

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  23. #79
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    Lo primero muchas gracias por el esfuerzo que hacéis, por dignificar esta profesión la verdad al leer estas noticias es inevitable que se me esboce una sonrisa y piense que poco a poco se va mejorando, pero aparte de agradecer reconocer el esfuerzo que para esto seguro que no a sido presentarlo y coser y cantar, gracias otra vez por vuestro gran esfuerzo y ojala aprendamos de referentes como vosotros para mejorar de generación en generación.

    PD: Tomaaaa moreno!

  24. #80
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    Cita Iniciado por Hessler Ver mensaje
    Hola a todos:
    Pues ahora me muestras la disposición legal vigente que obliga a facilitarle al ciudadano nuestro número de TIP.

    Porque lo que exijen todas las disposiciones legales, es mostrar la documentación.
    Y lo que el Reglamento recoge cómpo infracción es no mostrar esa documentación.

    Pero en ninguna de las disposiciones vigentes, pone que yo tenga que facilitar mi número de TIP a nadie.
    Ó al menos, yo no lo he visto.

    Un saludo.
    Con mucho gusto te la muestro, aunque ya la has citado en unas cuantas ocasiones a lo largo de tus intervenciones en este hilo: el RSP, en concreto el artículo en el que basas tu interpretación de lo que significa la TIP. Esta tarjeta acredita nuestra condición de personal de seguridad privada, y es con ella es con lo que debemos identificarnos para demostrar que somos lo que somos. Al igual que el numero de DNI es el que garantiza que los datos expuestos en el carnet son los propios y personales de un ciudadano, el número de TIP es el dato que garantiza mi identidad profesional, así de simple.

    Un saludo.
    "Sólo un idiota nombraría heredero a su médico"

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